GOBIERNO PARA ARMAR (II)
DEMOCRACIA PARTICIPATIVA VS DEMOCRACIA REPRESENTATIVA


Gonzalo Quintana
Ex-senador nacional
Miembro del directorio de C.E.N.D.A.
   

El segundo de los 4 articulos que en forma diaria publicara abc color.

La Alianza Patriótica para el Cambio (APC) con Fernando Lugo a la cabeza desarrolló la campaña electoral sobre la base de una idea fuerza: “la alternancia”. La gente compró la idea, inclusive vastos sectores del propio Partido Colorado reconocieron la necesidad de un cambio como condición necesaria para sacar al país de entre los más atrasados del planeta, pero sobre todo querían infligir una derrota electoral a Nicanor Duarte. La oposición gana las elecciones, el Gobierno reconoce la victoria del adversario y se procede al traspaso democrático del poder sin ningún tipo de inconvenientes. Hecho histórico, había mucho margen para la esperanza.

El traspaso del Gobierno a una fuerza opositora puede y debe clausurar la etapa de la dictadura con elecciones periódicas. Por fin los paraguayos formalmente podríamos afirmar que la declaración constitucional “La República del Paraguay adopta para su Gobierno la democracia representativa, participativa y pluralista…” (Art. 1) y “El pueblo ejerce el Poder Público por medio del sufragio..” (Art. 3) era una realidad.

La gente sin lugar a dudas quería un cambio de Gobierno en el marco de la democracia típica, la que establece nuestra Constitución. Pero, asumido el nuevo Gobierno, muy pronto la idea de cambio asociada a la alternancia como punto central es abandonada y empieza a instalarse una nueva idea de cambio. Desde ese momento la certeza de la consolidación de la democracia mediante la alternancia se convierte en una inquietante incertidumbre sobre el contenido, nunca explicado oficialmente, de la idea del cambio.

LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA en América Latina.

El presidente Lugo, como ya lo vimos, es un ferviente partidario de la “democracia participativa” o de la “real democracia” como él lo describiera: “Estamos llegando a construir el socialismo del siglo XXI, un socialismo fresco y nuevo, impulsando la democracia participativa, o sea la real democracia…”.

Leonardo Boff, uno de los ideólogos de la Teología de la Liberación y referente importante en la formación del ex obispo Fernando Lugo, dijo: “Yo creo que la democracia burguesa es la DICTADURA de la clase burguesa. Tiene muchos partidos, cambia de manos el poder, pero la estructura del poder no cambia nunca”.

Si observamos el comportamiento de los países que lideran el proceso de construcción de la democracia participativa como Ecuador, Bolivia y Venezuela, podemos establecer fácilmente las principales características del modelo y su diferencia con la que adopta nuestro sistema constitucional, que es la Democracia Representativa.

1). En la Democracia Representativa (DR), el pueblo elige a las personas que en su representación ejercerán el Poder Político mediante las elecciones que periódicamente se realizan; en este sistema los partidos políticos son la base organizacional. En la Democracia Participativa (DP) se pretende que esa representación la ejerzan las organizaciones sociales en un sistema más “directo” de participación, pero que hace muy difícil identificar la veracidad –no hay elecciones fiscalizadas– de la invocación permanente “en nombre del pueblo” o en nombre de “las grandes mayorías populares” que hacen sus dirigentes.

2). En la DR la representación se ejerce en el marco de un diseño institucional establecido en las leyes. La institución de representación por excelencia es el Parlamento, el Congreso Nacional, y en los niveles subnacionales las Juntas Departamentales y Municipales. La DP, en cambio, apuesta a las asambleas populares, las audiencias públicas, etc., como el ámbito de las decisiones comunitarias de observancia obligatoria.

3). En consecuencia, en la DR los ciudadanos reconocemos a nuestros representantes la facultad de imponernos normas de conductas a través de la ley. Si el Congreso sanciona una ley y el Presidente la promulga, debemos cumplirla desde el momento que entra en vigencia y mientras no sea derogada. Es decir, podemos saber qué podemos y qué no podemos hacer. En la DP las cosas son menos predecibles porque la ley tiene un valor relativo, depende si es conveniente observarla. El presidente Lugo había dicho que “no se debe morir por la ley, hay que observarla si conviene”. Es decir, qué podemos o no hacer depende de lo que decida “la asamblea” o “la audiencia pública”, etc. De esta manera las organizaciones sociales comparten el rol “legislativo”, por llamarlo así, con el Congreso.

En nuestra incipiente experiencia de democracia participativa, el rally del Chaco y el intento de impedir el cultivo de la soja en Vaquería son buenos ejemplos para entender la diferencia. La realización o no del rally se pretendió que dependa de la resolución de las “audiencias públicas”.

En Vaquería se preguntó si había una ley que prohíbe plantar soja, la respuesta fue “no, pero la comunidad no lo va a permitir porque envenena el ambiente, a la gente y sus animales”.

4). En la DR tenemos un claro régimen de división de poderes. En la DP hay una mayor concentración del poder en el Presidente permitiéndole ciertas funciones legislativas e inclusive judiciales. Por eso la reforma constitucional es imprescindible.

Al votar a Lugo no se votó por el cambio de sistema ni del régimen constitucional. Ejercer el poder al margen del modelo constitucional actual convierte la legitimidad de origen del Presidente en ejercicio ilegítimo del poder en las actuales circunstancias.

PROXIMA ENTREGA: Economía social de mercado vs. Socialismo Siglo XXI.


Gonzalo Quintana

 Asunción, 21 de noviembre de 2.008
 

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