EL APOYO A LA CULTURA

Alcibíades González Delvalle 
Periodista

Ex Presidente del Sindicato de Periodistas del Paraguay

                                                              

En su edición del domingo pasado, este diario anunció que el Gobierno electo “suspenderá toda publicidad estatal innecesaria. La administración saliente gastó más de US$ 20 millones para promocionar supuestas obras y, de paso, influir en alguna prensa”.

Incluyó también el aviso del vicepresidente electo, Federico Franco, de que el nuevo Gobierno “suspenderá toda publicidad estatal que no sea estrictamente necesaria, y que empezará por eliminar por completo los avisos de Itaipú y Yacyretá que invadieron las pantallas de televisión y saturaron las frecuencias de radios...”

Con estas medidas se dará cumplimiento a la Ley 1.297/98, cuyo primer artículo expresa: “Prohíbese a todas las instituciones del Estado, así como a las entidades autárquicas, descentralizadas, gobernaciones y municipalidades, la realización de ningún tipo de propaganda pagada en los distintos medios de comunicación social del país o del extranjero”.

Este artículo es el que más se transcribe en apoyo de la determinación que adoptará el próximo Gobierno.

Pero tiene otro artículo que no se da a conocer. Es el siguiente: “Artículo 2º. Exceptúase de la prohibición establecida en el artículo anterior (...) b) el auspicio de programas que difundan el folclore y la cultura nacional, hasta la suma equivalente a tres salarios mínimos (4.025.331 guaraníes) mensuales por institución o entidad auspiciadora, por mes y por medio de comunicación...”.

El cumplimiento de la ley no permite su fraccionamiento. Se la cumple en su totalidad o se la incumple. Si ha de tener vigencia el artículo 1º, por qué no el artículo 2º. De lo contrario, ambas entidades –Itaipú y Yacyretá– continuarán vulnerando la ley. Se corregirá un aspecto, pero a costa del otro.

Es enteramente plausible que se anuncie la observancia de la Ley 1.297, pero debe serlo en todas sus partes.

Sabiamente dicho instrumento legal establece el apoyo a la difusión de nuestras expresiones artísticas y culturales, tan huérfanas de las preocupaciones gubernamentales. Por eso se debate entre la pobreza extrema y la mendicidad. Sus cultores –que milagrosamente existen todavía– llevan sobre sus propios esfuerzos y penalidades la tarea de sostener nuestra identidad artística y cultural.

Sería una desgracia mayor que las nuevas autoridades –en el comprensible afán de administrar con eficiencia los bienes nacionales– abandonen a su suerte lo que ya está en el abandono.

Entendemos que el dinero de Itaipú y Yacyretá crea una suerte de relación de dependencia de parte de quienes lo reciben. O por lo menos, esta es la percepción que se tiene. Para evitar que los exceptuados en el artículo 2º de la ley 1.297 continúen sintiéndose funcionarios, pasibles de premios y castigos, tal vez ambas instituciones deban confiar sus aportes al Fondec. Esta entidad depende del Congreso y es manejada por un consejo que se cuidará de dar el dinero sólo a los mencionados en la ley. Si no lo hiciere, sus responsables incurrirán en malversación.

La opinión pública deberá estar suficientemente informada de la suma que Itaipú y Yacyretá destinan para el cumplimiento del artículo 2º.

Para vestir a un santo no vamos a desvestirle a otro. Hay muy buenos programas radiales que difunden y sostienen nuestra expresión musical. Sería injusto que quedasen desamparados como resultado, irónicamente, de llevar a la práctica una buena intención.


         


Asunción, 4  de mayo de 2.008  

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