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LOS JUICIOS DE LINO OVIEDO |
Adolfo Ferreiro
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Una vez más, la cuestión de culpabilidad o inocencia de Lino Oviedo está a consideración de la Corte Suprema de Justicia, con la consecuencia previsible: sin importar cual sea el resultado del trámite judicial, producirá la repulsa de quienes salgan desfavorecidos en lo que sean sus pretensiones.
Se puede discutir hasta el hartazgo si los diferentes enjuiciamientos del ex general son “políticos” o simples causas derivadas de hechos y actos de los que pueden derivar sanciones.
Por otra parte, es evidente que lo que tenga que ver con las resoluciones judiciales relativas a Oviedo, apareja repercusiones políticas. Comprenderlo de manera correcta tendría que determinar el ámbito donde resolverse el enjuiciamiento o no del ex general, el olvido o no de las penas ya dictadas y la prosecución o no de las investigaciones y juzgamiento de aquellas cuestiones por las que todavía se encuentra sometido a juicio.
También es claro que, desde el punto de vista político, la posibilidad de dar soluciones satisfactorias, como las tiene que dar la Justicia ordinaria, con aceptación general independiente de cuales sean, no está al alcance del Poder Judicial. Esto es así porque Lino Oviedo, preso, libre, fugado, exiliado o proscripto, es un actor político de primera magnitud: héroe para unos, villano para otros.
Entonces, ¿cómo resolver si sus conductas deben seguir siendo investigadas y llevadas a juicios ordinarios o mantenidas las penas que ya se produjeron? Es una cuestión esencialmente política, porque las conclusiones a que pueda llegarse implican consideraciones imposibles de desarrollar en el ámbito de la Justicia Ordinaria; a no ser que la misma se desnaturalice, se someta y se doblegue a una u otra de las fuerzas que pretenden imponerle las conclusiones que debe tomar.
Del razonamiento deviene una conclusión simple: los acontecimientos políticos y sus repercusiones en el presente y en el futuro hacen inviable que la solución pueda lograrse en el ámbito del Poder Judicial. ¿Dónde entonces?
Sin duda debe serlo en el ámbito político institucional, ahí donde la voluntad política se concreta en mandamientos obligatorios para todos, y que se producen en resoluciones que obedecen a una lógica diferente a la de la Justicia. Ese ámbito es el Poder Legislativo, el Congreso de la Nación, que cuenta para ello con el instituto constitucional de la amnistía.
En otras palabras, si la alta dirigencia política que representa la pluralidad de sectores y opiniones, entre ellas las del mismo Oviedo y su partido, considera que para el bien de la República, para la pacificación de la política o por lo que fuere, hay que olvidar las condenas y dejar de lado los procesos en curso contra Lino Oviedo, tendría que asumir la responsabilidad de amnistiarlo. Decretar un “borrón y cuenta nueva”: para eso está la amnistía. Quiere decir “olvido”, y es un instituto que se utiliza con frecuencia cuando los hechos superan los límites de la aplicación de la Justicia común. Se usa y se usó muchas veces en materia de infracciones y delitos de diversa gravedad y trascendencia, como las amnistías impositivas. Reciente es el caso de la aplicación de la amnistía en Uruguay, para terminar con las secuelas de odio e intolerancia de la dictadura. Guerrilleros y represores fueron beneficiados, a favor de la normalización democrática con vigencia del Estado de derecho, con el olvido de investigar y castigar crímenes horrendos que mutuamente se atribuían.
No es fácil asumir una amnistía. Puede no haberla. Pero lo que no se puede seguir haciendo porque destruye las pocas posibilidades de progreso institucional de la República, es buscar condenas o absoluciones, en cuestiones de gran repercusión política, según la eficacia con que los grupos partidarios logren subordinar la decisión de los jueces.
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